pago de tributos
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 16 de la Ordenanza de Gestión, Recaudación e Inspección de los ingresos de derecho público municipales, cuya gestión ha sido delegada en la Diputación de Castellón, publicada en el Boletín Oficial de la Província núm. 96 de 7 de agosto de 2003, que establece los períodos de pago de los tributos de vencimiento periódico correspondientes al ejercicio siguiente, de los Ayuntamientos y otras entidades de derecho público de la província que hayan delegado funciones de gestión y recaudación tributaria a favor de la Diputación Províncial de Castellón:
SE RESUELVE que los citados períodos de cobro para el ejercicio 2011, seran los siguientes:
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1º- del 15 de marzo al 16 de mayo: Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y Tasas.
2º- Del 1 de julio al 31 de agosto: Impuesto sobre bienes inmuebles, Impuesto sobre actividades económicas y todo tipo de Tasas.
3º- Del 15 de septiembre al 15 de noviembre: Residual, para el resto de padrones no incluidos en los anteriores periodos.
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